El principio de responsabilidad del estado por la administración de justicia

 


El artículo 139° numeral 7 de la Constitución Política del Perú regula el derecho a una indemnización, en la forma que determine la ley, por los errores judiciales en los procesos penales y por las detenciones arbitrarias, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiere, proclamando de ese modo el Principio de Responsabilidad del Estado por la Administración de Justicia. En el presente artículo se aborda este precepto constitucional desde un análisis comparativo con el modelo español, destacando la necesidad tanto de desarrollo legal y jurisprudencial y sobretodo la necesidad de ampliar los supuestos de responsabilidad.


Ver artículo aquí: Responsabilidad del Estado por AJ